Dicha habilitación no contempla el funcionamiento de cines, bares, restaurantes, patios de comidas y espacios de juegos infantiles.
El gobierno de Santa Fe, a través del decreto N° 537 firmado por el gobernador Omar Perotti, habilita el funcionamiento de shoppings en todo el territorio provincial. Dicha habilitación no contempla el funcionamiento de cines, bares, restaurantes, patios de comidas y espacios de juegos infantiles.
Al respecto, el ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Roberto Sukerman, afirmó que “no pensamos que hasta altura de junio íbamos a estar habilitando estas actividades. Por eso, aprovechemos este esfuerzo que hicimos todos de llegar hasta acá siguiendo con el distanciamiento, barbijo e higiene. Lo que queremos es ir avanzando de a poco, hemos ido avanzando en todas las actividades para que vuelvan a funcionar. Con el trascurso del tiempo y con la evaluación que hace el Ministerio de Salud, vamos a avanzar en lo que falta”.
Por su parte, el secretario de Comercio Interior y Servicios de la provincia, Juan Marcos Aviano, detalló que “el gobernador de la provincia hoy ha firmado el decreto 537, a través del cual a partir de mañana se dispone la habilitación en todo el territorio provincial de los shopping y demás establecimientos que están comprendidos en la ley de superficies comerciales. Esto implica la apertura de 4 shoppings, 3 de la ciudad de Rosario, uno de la ciudad de Santa Fe y otras superficies categorizadas con el nombre shopping que son superficies comerciales de importante dimensión”.
De este modo podrán funcionar los locales comerciales de venta minorista o mayorista de mercadería y productos elaborados, conforme a los protocolos generales vigentes para cada actividad. Además, se deberá restringir el uso de la superficie libre de circulación a un máximo del 50% de la misma, a los fines de posibilitar el debido distanciamiento social entre los concurrentes.
Por último, no se podrán realizar eventos sociales, culturales, recreativos y de cualquier otra índole con concurrencia mayor a 10 personas.
El Ministerio de Salud continuará con el monitoreo de la evolución epidemiológica y sanitaria en función de las habilitaciones dispuestas y podrá recomendar al Poder Ejecutivo la suspensión total o parcial de las excepciones autorizadas. Por otro lado, las autoridades municipales y comunales, en concurrencia con las autoridades provinciales competentes, coordinarán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento de las medidas dispuestas en virtud de la vigencia del distanciameinto social, preventivo y obligatorio, de los protocolos vigentes y de las normas dispuestas en virtud de la emergencia sanitaria.