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Ordenanza y registro de Razas Peligrosas


La Municipalidad de Armstrong recuerda que se encuentra vigente la Ordenanza N° 1437 del año 2018, sobre Razas Peligrosas.

Para la tenencia de animales de Razas Peligrosas las características del lugar deben ser las siguientes:

-Las paredes y vallas deberán ser suficientemente altas y consistentes y estar fijadas, a fin de soportar el peso y presión del animal;

– Las puertas de las instalaciones deberán ser tan resistentes y efectivas como el resto del contorno y estar diseñadas para evitar que los animales puedan desencajar o abrir ellos mismos los mecanismos de seguridad;

– El recinto deberá estar convenientemente señalizado con la advertencia de que hay un perro de este tipo;

– En caso de que la instalación tenga rejas, las mismas no deberán permitir que la boca del animal la atraviese.

Los perros potencialmente peligrosos deberán circular por la vía pública con una correa no superior a los 2 (dos) metros, collar de ahorque y bozal. El dueño o tenedor no podrá circular con más de 2 (dos) perros potencialmente peligrosos a la vez.

En caso que el dueño de un perro catalogado como raza peligrosa no cumpliese con las disposiciones establecidas, además de las sanciones previstas se separará al animal del dueño o tenedor, no pudiendo éste tener otro perro considerado potencialmente peligroso.

Las razas peligrosas son Pit Bull, Bull Terrier, Dogo Argentino, Rottweiler, Tosa Inu, Akita Inu, Cane Corso, Doberman, Dogo de Burdeos, Mastin Napolitano, Bull Mastiff, Gran Perro Japonés, Presa Canario, Fila Brasilero, Staffordshire Terrier, Ovejero Alemán, Siberian Husky y sus mestizos.

Si Ud. tiene un perro de estas razas, deberá dirigirse al municipio para inscribirlo en el Registro Municipal de Perros Potencialmente Peligrosos.

Horario de atención, de lunes a viernes de 7 a 13 hs.

Tomemos conciencia sobre la tenencia responsable de mascotas en beneficio de toda la comunidad.