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Codigo de Convivencia para la Provincia y Fiscal para Cañada de Gómez.


raseto-fiscalLa Cámara de Senadores santafesina convirtió en ley el proyecto que establece
un nuevo Código de Faltas para la provincia, ahora llamado Código de
Convivencia.
La iniciativa, autoría del senador Lisandro Enrico, modifica y sustituye los libros I
y II de la ley 10.703.
El principal cambio es que ahora diferentes actores que se van a encargar de
llevar adelante la investigación y la acusación por una parte y la decisión de dictar
sentencia por otra.
Entre las modificaciones que se aprobaron se destaca la baja de edad de imputabilidad de 18 a 16 años para las contravenciones o faltas en la provincia, pero sin sanción de arresto para los menores.
Además el Senado se expidió sobre los pedidos de acuerdo legislativo del Poder Ejecutivo para la designación de un Magistrado del Poder Judicial de la Provincia, seis Fiscales del Ministerio Público de la Acusación y una Fiscal de Cámara de Apelación, designando entre ellos a Gabriela Edit Lescano como Fiscal del Ministerio Público de la Acusación – Circunscripción Judicial Nº 2 – con sede en
Cañada de Gómez.

A continuación los puntos mas destacados del nuevo Codigo de Convivencia:

Municipios y comunas
La investigación estará a cargo de los fiscales del Ministerio Público de la
Acusación (MPA), pero como se sabe que no siempre es factible contar con la
presencia de un fiscal para actuar ante una falta, música a todo volumen a altas
horas de la noche -por ejemplo-, también podrán actuar como acusadores los
municipios y las comunas.
La norma busca tener efectos prácticos concretos. Y permitir que el vecino que es
violentado en su convivencia deje de sufrir ese perjuicio. En ese sentido, la
actuación de la policía también será clave ya que tendrá otra vez facultades para
actuar: podrá incautar los elementos que hayan sido usados para cometer una
falta (verbigracia: el aerosol de pintura usado para dañar una estatua o una pared)
y además podrá aprehender (no detener) por hasta 12 horas al infractor.

Fallos
Todos los jueces penales serán receptores de las causas comprendidas por el
código, pero en aquellas poblaciones más alejadas que no tengan estos juzgados
tomarán esos casos los llamados jueces de pequeñas causas.
La norma aprobada dispone el aumento de cargos de fiscales para atender las
nuevas tarifas que recaen sobre el MPA. En otro rasgo de notable sentido común,
la Ley dispone que si la labor de los fiscales de una jurisdicción está abarrotada de
otras causas, a las que se generen por contravenciones al Código de Convivencia
podrán quedar a cargo de los asesores legales de ese órgano. Los abogados que
trabajan para el MPA, que no son fiscales, podrán atender esas denuncias.

Del arma blanca al aviso de bomba
Desde portar un arma blanca hasta tirar basura sistemáticamente fuera de los lugares y los
horarios establecidos por las normas de convivencia están comprendidas en el
Código reformado.
El mal comportamiento en un espectáculo deportivo, maltratar o dañar las señales
de tránsito o la infraestructura pública, arrojar basura, las llamadas mal
intencionadas a los bomberos o los servidores públicos, las amenazas de bombas
tan comunes en las escuelas, las ofensas en la vía pública, el acoso sexual
callejero (verbal), la “ebriedad molesta”, el juego no autorizado, la contaminación
de los ríos, la faena sin autorización son faltas al Código de Convivencia.
Lo mismo ocurre ahora con la conducción peligrosa que se aplica a aquellos que –
sin haber producido ninguna colisión-, amén de la multa correspondiente, pueden
ser acusados de cometer una falta a la convivencia por poner en riesgo a los
demás.

La edad baja a los 16 años
El punto más duro de la discusión entre los senadores y los diputados fue el de la
edad en la que se considera que una persona puede ser acusada de haber
cometido una falta.
El viejo Código planteaba que eso era posible solo a partir de los 18 años. Al cabo
de varios intentos, el Senado impuso su criterio y Diputados aceptó bajar ese
límite a los 16 años.
Sin embargo, la Cámara baja impuso ciertos criterios diferentes para quienes
cometan faltas entre los 16 y los 18 años.
En esos casos, los jueces actuantes no podrán aplicar el arresto sino otro tipo de
medidas como los trabajos comunitarios o algún tipo de restricción (por ejemplo
para que no puedan ingresar a los estadios de fútbol si han cometido allí alguna
falta).