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Armstrong. Cortometraje e información.


Con el auditorio Delmo Daró de la Municipalidad de Armstrong colmado se llevó a cabo el evento “Vejez y Vulnerabilidad”, organizado conjuntamente con el Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe 2° Circunscripción.

Se destacaron las presencias de las Escribanas Stella Estelrich, guionista y directora artística del cortometraje exhibido “El Viejo”, a partir del cual la Dra. Alicia Rajmil, Presidente del Colegio, hizo una excelente exposición sobre la legislación nacional e internacional en cuanto a los actos de autoprotección y Derechos en la vejez.

Esta propuesta, a la cual asistieron autoridades, letrados, profesionales de Promoción Comunitaria municipal, cuidadores domiciliarios y público en general, fue Declarado de Interés por el Concejo Municipal.

Los actos de autoprotección contienen directivas que receptan la voluntad del ser humano sobre cuestiones referentes a su persona y bienes, para que esa voluntad sea conocida y respetada en el futuro. Se trata del derecho que nos asiste a todos a decidir sobre nosotros mismos y a que nuestras decisiones se respeten, aún ante la pérdida del discernimiento o de nuestras aptitudes de autogobierno
Los avances médicos y tecnológicos, la prolongación de la vida, la fragmentación de la familia, la positivización y difusión de los derechos humanos, instalaron un nuevo escenario en el cual cobró especial relevancia el respeto a la autonomía y a la voluntad del ser humano, con mayor razón si se enfrenta a situaciones de gran vulnerabilidad. Estos cambios generaron a su vez nuevas inquietudes en las personas preocupadas por su futuro y el deseo de intervenir en él mediante sus propias decisiones.
Se impone en estos casos, cuando la persona no puede decidir por sí misma, que se respeten sus deseos y preferencias, y para ello es necesario conocer su voluntad de manera fehaciente. Los actos de autoprotección son la herramienta adecuada para garantizar estos derechos y la escritura pública es el instrumento idóneo para dejar constancia de ellos. Brinda la certeza y autenticidad que el acto requiere y lo rodea de las mayores seguridades.

Las directivas impartidas en un acto de autoprotección son variadas y dependen de las circunstancias particulares de cada persona. Son cláusulas frecuentes la designación de las personas de mayor confianza para que adopten las decisiones llegado el caso, directivas sobre aceptación o rechazo de tratamientos médicos u otras cuestiones referidas a la salud, elección del lugar de residencia, rechazo o elección de geriátricos o instituciones afines, instrucciones sobre la administración y destino de los bienes, indicaciones referidas a la vida cotidiana, al cuidado de mascotas, nombramiento de apoyo o curador para el caso de un proceso judicial de restricción la capacidad de ejercicio.

Son sus pilares la dignidad y libertad de todo ser humano, muchas veces socavadas en el afán de una protección que cosifica.