Asesinato de Gerardo Torresi, así lo resolvió el Juez en lo Penal Jesús Alberto Rizzardi. Si bien se han realizado esfuerzos denodados en aportar y traer material probatorio novedoso, de ninguna manera esto modifica lo dictado en la primigenia resolución de falta de mérito debiéndose ratificar por ende el estado de duda destacó el magistrado en los considerandos.
El Juez en lo Penal de Instrucción del Distrito Judicial N° 6 Jesús Alberto Rizzardi resolvió ratificar la falta de mérito sobre el único imputado por la presunta comisión del delito de homicidio simple (confirmando incluso su estado de libertad) en el marco de la causa judicial que investiga el asesinato de Gerardo Torresi.
El magistrado consideró que los dichos aportados por uno de los testigos en su declaración testimonial de manera alguna modifican el plexo probatorio al cual se arribó en la primera falta de mérito dictada pues no se ha podido acreditar ni la presencia del imputado en el lugar del hecho al momento que ocurriera éste como así también que éste hubiera pagado una suma dineraria para lograr su impunidad. Solo se ha podido verificar el dato aportado en cuanto a la modificación de la cadena de custodia respecto a la chata gris que esa noche fuera utilizada por Gerardo Torresi.
El magistrado incluso analiza la verosimilitud del discurso aportado por uno de los testigos habida cuenta que tales datos devienen de la versión que un tercero le aporta y que éste no identifica ni nominalmente ni geográficamente, el lugar donde eventualmente pudiera residir, solo indica que trabajaba para su familia en tareas de campo. Por ello dice Rizzardi hay falta de correspondencia entre los hechos probados y el aporte de esta persona que deviene de un testigo anónimo.
También el juez Rizzardi entiende que el perfil psicológico que se le hizo al imputado opera como un dato revelador de un pronóstico de conducta que se torna indicativa ante la posible factibilidad de autoría por parte del imputado. Pero estos datos probatorios aportados por la Junta Psicológica no encuentran anclaje en prueba material que sea determinante e indicativa y que probabilice que el imputado sea el autor o partícipe del homicidio.
Sobre el final de los considerandos, a los cuales tuvo acceso en exclusiva El Informe, el Juez en lo Penal de Instrucción del Distrito Judicial 6 Jesús Alberto Rizzardi manifiesta que a manera de corolario es menester indicar que si bien se han realizado esfuerzos denodados en aportar y traer material probatorio novedoso, de manera alguna esto modifica lo dictado en la primigenia resolución de falta de mérito debiéndose ratificar por ende el estado de duda y por ende disponer nuevamente la falta de mérito sobre el único imputado.
Vale recordar que la Fiscal Gabriela Lescano había solicitado el procesamiento y prisión preventiva del imputado acompañando profundización del informe pericial practicado por el equipo de psicólogas designado de la Sección de Psicología del Departamento Científico Forense de la Policía de Investigaciones de Rosario, además de otras declaraciones testimoniales. Y del resultado de todo ello, la Dra. Lescano aportó conclusiones propias que responsabilizaban al imputado.
También la Fiscal Lescano había pedido el procesamiento de tres policías de la Unidad Regional X (los tres aún se encuentran en actividad en esta dependencia), además de un civil con parentesco con uno de ellos, por la comisión de varios ilícitos, entre ellos, violación de sellos y documentos, cohecho, tráfico de influencias, abuso de autoridad, violación de los deberes de funcionario público y encubrimiento agravado. Actualmente esto se encuentra en la Cámara de Apelaciones para que se defina si los delitos prescribieron o no y recién ahí el juez Jesús Alberto Rizzardi resolverá la situación procesal de los mismos.
Si bien la causa ya lleva más de una década en su investigación la familia de la víctima continúa buscando respuestas y virtud de ello se había constituído como querellante intentando descubrir la verdad de los acontecimientos agotando todas las herramientas posibles. Muy probablemente apelen esta nueva falta de mérito que se ha dictado para evitar que el homicidio quede impune.
BREVE RESEÑA
La causa por el crimen de Gerardo Torresi estuvo a punto de prescribir. Antes de que se cumplieran doce años del homicidio, el Juez Rizzardi resolvió imputar a esta persona y luego le tomó declaración indagatoria. Sin embargo le dictó luego la falta de mérito en noviembre de 2015. El caso había tomado impulso a raíz de que una hermana de Torresi recibió en junio de 2013 una carta anónima en su domicilio y a partir de ahí empezó a investigar la Dirección de Asuntos Internos de la Policía de Santa Fe. Vale recordar que Gerardo Torresi tenía 39 años, era soltero y trabajaba en una contratista rural. Fue encontrado muerto en ese galpón perteneciente a la empresa para la que trabajaba.
Destacado: Recuadro sin fondo
FUENTE: PERIODICO EL INFORME DE LA CIUDAD (CAÑADA DE GOMEZ)