Icono del sitio

La liga cañadense sin público visitante hasta el año que viene.

COMUNICADO OFICIAL DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD DE SANTA FE:

Luego de una serie de consideraciones y después de enumerar los los diversos incidentes producidos, la resolución expresa «Que en los encuentros futbolísticos mencionados existieron hechos de violencia de hecho entre jugadores de fútbol y/o miembros de cuerpos técnicos, y/o miembros de Comisión Directiva; agresiones mediante expresiones verbales y ataques con actitudes violentas físicas y/o lesiones hacia los Árbitros o Jueces de Líneas de los cotejos; amenazas, insultos, desafíos, actitudes violentas físicas y/o lesiones hacia los funcionarios policiales afectados a tales espectáculos; y amenazas, insultos, lesiones sobre personas inocentes, espectadores de esos encuentros, y/o daños sobre los vehículos oficiales policiales, y/o particulares de los concurrentes a esos partidos; circunstancias éstas que han sido disueltas por la actuación policial inteligente y moderada, conforme a la situación, existiendo registros de todas esas circunstancias en la Dirección de Prevención y Seguridad en Espectáculos Deportivos y Eventos Masivos, de este Ministerio de Seguridad».Continúa diciendo «Que la Liga Cañadense de Fútbol mediante su Honorable Tribunal de Disciplina ha adoptado medidas disciplinarias para las instituciones involucradas en los distintos hechos de violencia, consistentes en suspensión de asistencia de público local, o visitante, y multas, y ha quedado demostrado que lamentablemente esa decisión no alcanza para poder lograrse un control y una comprensión de la situación, por parte de los inadaptados hinchas de los clubes que participan de la citada Liga».A continuación puede leerse «Que la gravedad de los hechos, las consecuencias generadas, el reclamo de quienes padecieron esta situación, y ante la inminencia de partidos finales programados por la Liga Cañadense de Futbol, que son cada vez más atractivos para los fanáticos del fútbol de la citada Liga y de riesgo mayor, por una cuestión estrictamente de urgencia y necesidad de garantizar la vida, la propiedad y los derechos de la ciudadanía que asiste a los espectáculos deportivos en los Clubes de la Liga Cañadense de Fútbol, llevaron a que se dispongan de varias medidas restrictivas que impedían el ingreso de este tipo de personas, debidamente identificadas y notificadas, lo cual hizo que se produzca un menor índice de incidentes violentos en los partidos de esta Liga».Y en su parte resolutiva manifiesta:ARTICULO 1° : Por razones estrictamente de seguridad y urgencia, y provisoriamente hasta la emisión de la Resolución Definitiva, los partidos de fútbol correspondientes al cronograma de la Liga Cañadense de Fútbol, que se disputarán a partir del día 14 de Octubre de 2022, como así también Amistosos o Preparatorios, hasta el inicio del Torneo Oficial 2023, en cualquiera de los clubes afiliados a la misma, en donde deben disputarse, sin distinción de categorías, deberán llevarse a cabo SIN ASISTENCIA DE PUBLICO VISITANTE.ARTICULO 2° : Las autoridades de la Liga Cañadense de Fútbol, y de los clubes afiliados, deberán presentar ante las autoridades Policiales de jurisdicción (Unidad Regional III — Belgrano, Unidad Regional X-lriondo, y Unidad Regional XVII — San Lorenzo), sendas nóminas de personas habilitadas correspondientes a la Delegación Visitante de no más de 10 personas integrantes de la Comisión Directiva de cada club; y de los jugadores habilitados de cada delegación, cuerpos técnicos y médicos de la misma.ARTÍCULO 3° : Se mantienen vigentes las medidas administrativas y judiciales referidas a aplicación de Derechos de Admisión, o Prohibición de Concurrencia, dispuestas oportunamente.ARTICULO 4° : Notificar a las autoridades de la Liga Cañadense de Fútbol; a los clubes afiliados a la misma; al Colegio de Arbitros que controla los encuentros de esa Liga; a la Federación Santafesina de Fútbol; a la Jefatura de la Policía de la Provincia de Santa Fe; a las Unidades Regionales III — Belgrano, X – Iriondo, y XVII — San Lorenzo.ARTÍCULO 5° : Notificar a los mencionados en el Artículo 1 0 de la presente Resolución, que tras su expresa y formal notificación de la presente, cuentan con diez (10) Días Hábiles para interponer ia presentación que estimen corresponder, y ejercer su derecho a reclamo, de acuerdo al Decreto Provincial N a 4174/2015 – Reglamento de Actuaciones Administrativas de la Provincia de Santa Fe.ARTÍCULO 6° : La presente resolución es de aplicación inmediata. Ante la interposición de recurso administrativo, la sanción será de carácter devolutivo, y no suspensivo.ARTÍCULO 7° : Notificar a los clubes correspondientes a la Liga Cañadense de Fútbol, a los efectos de observar y corregir los detalles edilicios de sus instalaciones, con objeto de garantizar un escenario óptimo y un desarrollo normal del servicio diseñado por este evento.ARTÍCULO 8° : Regístrese, hágase saber y archívese

Salir de la versión móvil