Debido a la necesidad de utilizar postes de hormigón premoldeado por las diferentes prestaciones de servicios de telecomunicaciones dentro de la zona urbana de nuestra ciudad; y
Considerando, Que en la actualidad en nuestra ciudad contamos con una gran cantidad de postes de madera, los cuales se encuentran en diferentes situaciones de peligrosidad, debido a su poca durabilidad, ya que algunos están a punto de caerse, otros solo apoyados sobre árboles y otros tantos los mismo vecinos los apuntalan precariamente para no sufrir potenciales accidentes de sus familias, peatones y vehículos que transitasen por ese lugar;
Por ello la sanción expresa lo siguiente, : Utilicése postes de hormigón premoldeado para todas las prestaciones de servicios dentro de la zona urbana de la ciudad de Armstrong, siendo éstos los servicios de líneas eléctricas en alta y baja tensión, líneas de comunicaciones, instalaciones de cámaras de videovigilancia, de telefonías, u otras telecomunicaciones.
Estos postes de Hormigón deberán tener grabado la fecha de elaboración.
Los postes de hormigón premoldeado deberán contar con sus respectivos hierros en su interior para garantizar una mayor durabilidad y seguridad.
El incumplimiento de dicha ordenanza será pasible de una multa de 100 U.T. (Unidades Tributarias); en caso de reincidencia se duplicará el monto establecido y así sucesivamente. A partir del 10 de Diciembre del 2015 todos los servicios que utilicen postes mencionados en el artículo primero, deberán ser reemplazados por postes de hormigón premoldeado.