El proyecto de ley de reforma tributaria que elaboró el gobierno nacional comenzó a circular ayer en la Cámara de Diputados de la Nación. La iniciativa contempla una rebaja gradual de aportes patronales y del impuesto a las ganancias para la empresas que inviertan. También contempla la suba de impuestos a las gaseosas, pero no al vino y la cerveza. El gravamen a los artículos electrónicos no producidos en Tierra del Fuego se reducirá sustancialmente, pero en forma gradual. Pagarán impuesto los servicios de internet, como Netflix, y subirá la alícuota que paga el servicio de telefonía celular. También estarán sujetos a imposición los plazos fijos a partir de ganancias de 52 mil pesos.╠
Todas estas reformas se llevarán adelante si el Congreso las aprueba. El gobierno nacional espera que la iniciativa sea tratada antes de fin de año.
A través de esta reforma el gobierno apunta a una rebaja gradual de la presión impositiva en cinco años. Entre los aspectos principales, se encuentran:
Ganancias: las empresas que reinviertan sus utilidades tendrán una rebaja de la alícuota del impuesto a las ganancias del 35 por ciento al 25 por ciento, a lo largo de un cronograma que finalizará en 2021. También de manera progresiva se podrá computar el pago del impuesto al cheque a cuenta de Ganancias. Se establece la creación de un impuesto de emergencia y se fija que todas las ganancias obtenidas por personas humanas o jurídicas sujetas al pago de Ganancias queden alcanzadas por una nueva tasa, de la que no se dieron mayores precisiones.╠
Aportes patronales: se implementa un mínimo no imponible para contribuciones patronales (las empresas sólo pagarán por el excedente). Las empresas no pagarán aportes patronales hasta una remuneración bruta de $12.000 para el 2022, en una escala que comienza el año próximo.╠
IVA: Se devuelve el crédito fiscal por IVA de manera anticipada a aquellas compañías que hayan hecho una inversión y no hayan podido recuperar lo aportado por ese impuesto en seis meses.╠
Netflix: el proyecto también incorpora como régimen al servicio de tributación a servicios hasta ahora no gravados de contenidos distribuidos por internet como Netflix, Spotify o Mercado Libre, prestados por sujetos residentes o en el exterior siempre que sean explotados en el país.╠
Renta financiera: se aplica una alícuota del 15 por ciento para activos en dólares o indexados (bajo legislación nacional) y 5 por ciento para activos de renta fija en pesos no indexados, con ganancias mayores a $52.000 en plazos fijos.╠
ITI: se elimina el impuesto a la transferencia de inmuebles, aunque se incorpora una alícuota del 15 por ciento a la ganancia de capital por compraventa de inmuebles que no sean de uso del contribuyente.╠
Industria electrónica: Se dejó sin efecto la eliminación inmediata de impuestos internos a la venta de productos electrónicos que no se fabriquen en Tierra del Fuego y a los autos y motos de gama media. Sin embargo habrá una reducción progresiva de dichos impuestos: a partir de enero de 2018 estos productos tributarán el 10,5 por ciento hasta llegar al 2 por ciento en el 2023 (ver página 15).╠
□Telefonía celular: la iniciativa eleva del 4 por ciento al 5 por ciento la alícuota que grava «el importe facturado».╠
Bebidas azucaradas: se mantiene la decisión de gravar con una alícuota del 17 por ciento a las gaseosas azucaradas, a pesar de las quejas de empresas como Coca Cola y de las provincias azucareras.╠
Vinos: los vinos, las sidras y las cervezas quedaron excluidos pero el whisky tendrá que pagar 29 por ciento, como también el coñac, brandy, ginebra, pisco, tequila, gin y vodka. El fernet pagará un 29 por ciento.
Fuente: La Capital.